- Ya no son 45, sino 30 días.
Ecuador, junio de 2025.- Con la entrada en vigencia del Acuerdo Ministerial MDT-2025-053, el Ministerio del Trabajo introdujo una reforma sustancial al proceso de liquidaciones laborales en Ecuador, reduciendo de 45 a 30 días el plazo máximo para que los empleadores paguen y registren los finiquitos. La nueva normativa, que reforma el anterior acuerdo MDT-2023-140, refuerza además las obligaciones formales de los empleadores y endurece los controles sobre el cumplimiento de estos procesos.
Una de las principales novedades del nuevo acuerdo es que ahora, junto con el acta de finiquito, el empleador deberá cargar en el sistema del Ministerio el comprobante de pago en formato PDF. Esta disposición está contenida en el artículo 19 del texto legal y responde a la necesidad de mayor trazabilidad en las terminaciones de relación laboral.
El procedimiento para realizar el pago sigue un esquema escalonado: los empleadores disponen de 15 días para localizar y efectuar el pago directamente al extrabajador. Si este no se presenta o rechaza el monto, se otorgan 15 días adicionales para consignar el valor en línea ante el Ministerio del Trabajo, siempre que se cumplan requisitos como el acta de finiquito generada en el sistema, roles de pago, justificativos de descuentos y demás documentación de soporte. En total, el nuevo proceso deberá concluir en un plazo máximo de 30 días.
El nuevo acuerdo también fortalece las responsabilidades del empleador en cuanto a la custodia documental. Ahora será obligatorio conservar todos los documentos laborales tanto en formato físico como digital, y entregar copias originales y certificadas al trabajador.
Ricardo Vallejo, director comercial de iConta, destaca que “Este cambio implica un reto operativo importante para las empresas. La reforma obliga a las organizaciones a ser mucho más ordenadas y proactivas. No basta con generar el acta de finiquito, ahora es necesario demostrar que el pago se ha realizado, y hacerlo dentro de un plazo más corto. La digitalización de estos procesos es clave”.
Vallejo también advirtió que la responsabilidad total del archivo en manos del empleador puede generar vulnerabilidades en eventuales conflictos legales; por ello “Recomienda a los extrabajadores solicitar sus copias certificadas en el mismo momento de la liquidación. Eso puede marcar la diferencia si surge una disputa en el futuro”, explicó.
El Acuerdo Ministerial establece sanciones económicas para quienes no cumplan con el registro de liquidaciones: USD 200 por no registrar el acta de finiquito, y USD 50 si se registra fuera del plazo establecido. No obstante, estas sanciones solo se aplican si media una denuncia previa, según lo previsto en el artículo 21 del acuerdo anterior, que sigue vigente.
Desde el Ministerio del Trabajo, se ha señalado que estas reformas buscan agilizar los procesos y reforzar la transparencia en la terminación de relaciones laborales. Sin embargo, aún queda por ver cómo se implementará en la práctica y cuál será la capacidad de los inspectores laborales para fiscalizar su cumplimiento con eficiencia.
En criterio de expertos, el nuevo marco legal podría representar un avance hacia procesos más justos y rápidos, pero también exige un mayor grado de formalización por parte de los empleadores. “Es una normativa que va en la dirección correcta, pero como toda medida, su efectividad dependerá de su implementación y del acompañamiento técnico a las empresas, sobre todo a las más pequeñas que no cuentan con estructuras administrativas robustas”, concluyó Vallejo.